Según la Regla 40, son funciones del Mayordomo, las siguientes:
- Será responsable y custodio de todos los bienes y enseres de la Hermandad y Cofradía.
- Mantendrá́ todo en perfecto estado de uso, realizará las contrataciones que le sean autorizadas por el Hermano Mayor o Junta de Gobierno, y dispondrá́, en su caso, la organización de los Cultos y Procesión, de acuerdo con el derecho particular de la Iglesia, la programación de la Junta de Gobierno y en estrecha unión con el Párroco o Rector de la Iglesia.
- Colaborará con el Tesorero en la elaboración de la memoria económica y del balance anual, para posibilitar su examen por la Junta de Gobierno, antes de la presentación de los mismos al Cabildo General Ordinario de Cuentas.
- Intervendrá́ directamente en lo referente a la papeleta de sitio para la salida Procesional.
- Cooperará con el Secretario para actualizar anualmente el inventario de bienes y enseres de la Hermandad, debiendo, al terminar cada legislatura, cotejar dicho inventario con el Mayordomo entrante.
Para el cumplimiento de estas funciones, el Mayordomo anima a todos los Hermanos interesados a que participen activamente en estas tareas y se pone a disposición de los mismos para integrarlos, de común acuerdo, en los equipos de trabajo nombrados para ejecutar tan ingente trabajo.
A lo largo del año iremos incorporando a este portal web, las fechas para que todos los hermanos que lo deseen puedan colaborar con las distintas tareas de la Mayordomía.